Os recordamos que el próximo 7 de marzo finaliza el plazo transitorio para las empresas de más de 50 trabajadores, que tienen que tener un plan de igualdad aprobado.

Esta obligación venía publicada en el BOE del 7 de marzo de 2019 que publicó el Real Decreto-Ley 6/6019 de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupación.

La citada norma estableció:

  • Un plazo de tres años para que las empresas de más de 50 trabajadores elaboraran y aplicaran un plan de igualdad (plazo finaliza en 2022)
  • Dos años para las empresas entre 100 y 150 empleados (plazo finalizó en 2021)
  • Un año para las empresas que tenían más de 150 personas trabajadoras (plazo finalizó en 2020)

Por lo tanto, ahora entramos en tiempo de descuento y las empresas que tengan una plantilla superior a 50 personas tiene que haber negociado su propio plan de igualdad y lo tienen que haber registrado en REGCON (registro oficial de convenios colectivos)

¿Qué pasos hay que dar?

  1. Realizar un diagnóstico inicial de la situación actual de la empresa, pasar un test previo a la plantilla para conocer su nivel de conocimientos al respecto y la situación e la empresa. En este diagnóstico se analiza la evolución más reciente de la empresa para detectar buenas prácticas y cuales son las áreas de mejora.

Se analizan las siguientes materias:

  1. Procesos de selección y contratación
    • Clasificación profesional
    • Formación
    • Promoción profesional
    • Condiciones de trabajo (incluye auditoria salarial)
    • Ejercicio corresponsable de vida personal, familiar y laboral
    • Infrarrepresentación femenina
    • Retribuciones
    • Prevención del acoso (todas las empresas deben tener un protocolo de como actuar si se diera algún caso)
  2. Una vez preparado este diagnóstico inicial, se detallan las conclusiones y acciones a realizar en el plazo de 5 años para cubrir mejoras en todas las áreas.
  3. Una vez puesto en marcha, hay un proceso de seguimiento y evaluación para comprobar que se están llevando a cabo las mejoras propuestas

¿Con quien se negocia?

  • Con los representantes de los trabajadores en la empresa
  • Si no hay, se negocia directamente con sindicatos.

¿Qué sanciones hay si no preparo este Plan de Igualdad?

Incumplir el deber de elaborar y aplicar un Plan de Igualdad supone una infracción grave sancionable con una multa de entre 626€ a 6.250€

Por otro lado, si la inspección de trabajo te ha exigido que lo elabores y no lo haces, la infracción sería muy grave y la sanción puede ser de 6.251€ a 187.515€

Además, conlleva sanciones accesorias como son:

  • Pérdida automática de ayudas, bonificaciones y en general cualquier beneficio derivado de aplicar políticas de empleo. Con efectos desde que se comete la infracción
  • Exclusión automática del acceso a dichos beneficios durante seis meses

Además, estas empresas no podrás contratar con las administraciones públicas según la Ley de Contratos del Sector Público

Por lo tanto, no os toméis el asunto como algo menor o sin importancia ya que supone graves sanciones y no van a dejar de revisar que se cumple la obligación. El año pasado en febrero ya mandaron requerimientos a las empresas que les vencía el plazo en marzo así que este año, no creo que tarden en empezar a enviarlos. Al menos que tengáis los documentos que prueban que habéis iniciado el proceso…

Por otro lado, podéis aprovechas esta herramienta que supone un plan de igualdad para detectar temas a mejorar y dar publicidad a lo que ya se está haciendo bien, puede ser una herramienta de gestión de los recursos humanos de la empresa y mejora la imagen cara a público, competidores y por supuesto, cara a la propia plantilla.

Si necesitáis consultarnos al respecto o solicitar presupuesto, podéis contactar con nosotras y estudiaremos vuestra situación concreta.