El 29 de noviembre de 2024, la comarca de l’Horta Sur, en Valencia, vivió una de las catástrofes naturales más inesperadas y devastadoras que se recuerdan. Lo que comenzó como una tarde tranquila, sin lluvia alguna, se transformó en una riada que arrasó pueblos enteros, dejando a su paso una destrucción masiva en viviendas, vehículos, infraestructuras y, especialmente, en los negocios que dan vida a estas comunidades. Los pequeños comercios, esenciales para la economía local, fueron de los más afectados, lo que no solo perjudica a los empresarios, sino también a los empleados y a la economía de la zona en general. En este contexto, las administraciones públicas han dispuesto de una serie de ayudas para paliar los efectos de la tragedia de las empresas afectadas por la DANA, poniendo recursos desde la Generalitat Valenciana (GVA) como del Estado

Sin embargo, muchos empresarios y autónomos consideran que estas ayudas no son suficientes para hacer frente a los graves daños sufridos. A continuación, se detallan las principales ayudas disponibles para las empresas afectadas, así como las medidas que puedes tomar para intentar remontar tu negocio tras esta crisis.

Contexto de la DANA y sus efectos

Como sabrás, en las capitales cada vez hay menos negocios en los barrios, los bajos se están empezando a utilizar más como vivienda turística que como negocios, pero eso no pasa en los pueblos afectados, los conozco de primera mano porque vivo en la zona afectada, y son pueblos que tenían todo tipo de negocios a pie de calle y sus habitantes rara vez acudían a la ciudad para hacer las compras. Son (o eran) pueblos con sus propias tiendas de ropa, zapaterías, tiendas de electrodomésticos, de muebles, por supuesto todo tipo de hostelería, frutería, pescaderías, zapatero, tintorería… todo tipo de negocio que puedas necesitar, en estos pueblos lo encontrabas. Y todo esto ha desaparecido. Y con los negocios, han desaparecido los puestos de trabajo, o desaparecerán si no nos ayudan a remontar esos pequeños comercios.

Se han publicado diversas ayudas que pretenden compensar los daños que se hayan sufrido en la vivienda, por supuesto de primera necesidad. Pero en mi opinión creo que se han olvidado de los negocios y las ayudas publicadas para las empresas afectadas por la DANA, tanto por parte de la GVA como del Estado, son absolutamente insuficientes. La persona que ha perdido su casa, lo siento muchísimo, pero seguramente conservará un empleo cuando pueda reincorporarse. Pero los autónomos de estos pueblos, a parte de haber perdido su casa, han perdido su negocio, su medio de vida. Y les va a costar mucho enfrentarse a las obras necesarias para volver a abrir. Y si ellos no abren… Muchas personas se van a ir a la cola del paro, porque estos negocios tenían trabajadores en nómina. Solo espero que en algún momento se den cuenta de que las ayudas son insuficientes, de momento vamos a detallar los recursos a los que ahora podéis acceder si tenéis un negocio afectado.

¿Cómo actuar en caso de tener una empresa afectada por la DANA?

Lo primero dar parte a tu seguro. Espero que tuvieras un buen seguro para tu negocio, que cubra continente (el edificio o el local) y que cubra el contenido (lo que hay dentro del local), aquí muchos solemos pinchar y tenemos lo que se llama infraseguro. Esto es que aseguramos menos capital del que realmente solemos tener, si esta es tu realidad vas a pasarlo peor. Ya no tiene solución así que solo espero que tu próximo seguro lo tengas bien estudiado, déjate asegurar por un buen corredor de seguros, no quiere sacarte el dinero subiéndote la cuota, solo quiere que estés bien cubierto. Incluso espero que muchos tuvierais contratado el “lucro cesante” es decir, que te cubre cuando dejas de ganar dinero y te paga un importe diario mientras no puedes trabajar.

Por otro lado, si estabas pagando algo a plazos como un vehículo, llama a la financiera. Desde 2020 es muy habitual y casi obligatorio que la financiera te hiciera firmar sin tu saberlo un seguro de crédito. Este seguro lo que hace es que te cancela la deuda y ya no tendrías que seguir pagando las cuotas que te falten. Y seguramente ni te han informado de que has firmado esto, y lo sé porque a mí me ha pasado. Tenía un coche a mitad de pagar, llamé a la financiera y… sí, tenía este seguro y ya no tengo que pagar las cuotas que faltaban. Lo que me abone el consorcio será todo para mí y para el nuevo vehículo (tenía otro vehículo también con cuotas pendientes y en este otro no tengo ese seguro, pero bueno, al menos hay que saberlo e informarse).

Una vez has dado parte a tu seguro, toca empezar a valorar qué ayudas públicas puedes solicitar.

Ayudas referentes a la Seguridad Social

Lo primero es tramitar con la mutua el cese de actividad. Esta prestación (que quizá ya la conoces porque casi todos la pedimos en la pandemia) es lo que se suele llamar el “paro de los autónomos” y lo paga la mutua. Cuando tu negocio no puede funcionar, tu necesitas tener algún ingreso. La mutua te pagará el 70% de tu base de cotización. La base mínima está en unos 1.200€ así que la prestación mínima rondará los 800€. No da para remontar un negocio, pero te puede ayudar a subsistir y cubrir tus gastos básicos. Además, mientras cobras esta prestación no pagas el recibo de autónomos.

Otra opción es que, si tienes algún problema de salud, como que estés afectado psicológicamente por el disgusto, o que tengas una lumbalgia por el esfuerzo en la limpieza, o cualquier otro daño o accidente provocado por la situación, puedes pedir una baja médica. Será tramitada como si fuera producto de un accidente laboral (el médico de cabecera debe poner una clave concreta cuando te da la baja), y en este caso la mutua te paga el 75% de tu base de cotización mientras dure la baja.

Si tenías trabajadores contratado, por supuesto puedes pedir un ERTE (expediente de regulación de empleo temporal), es decir, durante el tiempo que no puedas abrir por causa de la DANA, sus contratos quedan suspendidos y pasan a cobrar del paro (cobran el 70% de su base de cotización) y tampoco pagas su seguridad social. Esta medida puedes aplicarla máximo hasta 28 de febrero de 2.025. Si tras esa fecha sigues sin poder abrir, ya veremos si la prorrogan. Eso sí, si te beneficias de un ERTE, tienes prohibido despedir o reducir plantilla en los 6 meses siguientes a terminarlo (si lo haces, tendrás que devolver las ayudas).  

Ayudas económicas y fiscales para empresas y profesionales afectados por la DANA

Vale, ya tenemos cubierto el hecho de que tengas algún ingreso. Ahora vamos a pedir ayudas

Las ayudas económicas y fiscales disponibles para las empresas afectadas por la DANA buscan aliviar parte de los daños sufridos y permitir la recuperación de los negocios en las zonas devastadas. Si eres autónomo o gestionas una empresa, es fundamental conocer las condiciones para acceder a estas ayudas y los beneficios fiscales que pueden aplicarse. A continuación, te explico cómo solicitar las ayudas económicas correspondientes, así como los beneficios fiscales y otros recursos que tienes a tu disposición para ayudar a tu negocio.

  • Tu domicilio fiscal debe estar en uno de los municipios o zonas afectadas (en el BOE del 6 de noviembre está el listado).
  • Si tu domicilio fiscal está en otro sitio, pero tienes un local en la zona afectada, pídelo también. Imagino que tendrás informado ese local afecto en hacienda, o tendrás comunicada la apertura de centro de trabajo. Cualquier medio de prueba que se te ocurra para demostrar que era un local de trabajo puede servir.
  • Si eres persona física (autónomo) te van a pagar un importe único de 5.000€ (absolutamente insuficiente, lo tengo claro, pero es lo que hay de momento).
  • Si eres sociedad, la ayuda que te corresponda va en función de tus ingresos en 2023 (los ingresos que hayas declarado oficialmente en hacienda, por ejemplo, lo puedes ver en el modelo 390 resumen anual de IVA, ahí te aparece el volumen de operaciones, eso son las ventas totales del año).
  • Las ayudas las abonarán por transferencia a partir del 1 de diciembre de 2.024.

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Otros beneficios fiscales

  • Las ayudas que recibas por daños personales están exentas, no tributan en renta.
  • El segundo pago de la renta lo pasarán al cobro el 5 de febrero (su cobro habitual es en noviembre).
  • Exención del IBI de 2024. Si ya te lo han cobrado puedes pedir la devolución en tu ayuntamiento.
  • Exención de las tasas por dar de baja vehículos o conseguir duplicado de documentos oficiales como el DNI.

AVALES

Por supuesto, si necesitas pedir algún préstamo, tienes a tu disposición una línea de avales ofrecidos por el gobierno, para hogares, empresas o autónomos, disponibles hasta el 31 de diciembre de 2.025.

OTRAS AYUDAS

Si estabas pagando algún préstamo, puedes pedir que te lo paralicen durante 3 meses.

Puedes paralizar o modificar tu contrato de suministro de luz durante 3 meses. Tras estos tres meses, puedes solicitar que lo reactiven. Algo similar puedes hacer con el gas, o puedes pedir que reduzcan el caudal contratado o modificar el escalón de peaje que te aplican. Y por supuesto, puedes pedir que te aplacen el cobro de cualquier factura de esto suministros que ya se haya generado.

Si en tu negocio tributabas por módulos, te van a modificar el rendimiento neto (es decir, van a dar por hecho que ganas menos dinero del esperado con lo cual, pagarás menos en el trimestre).

Como beneficiario del algún préstamo industrial, por ejemplo, para reindustrialización, competitividad en sectores estratégicos, o automoción, también puedes pedir moratoria en el pago de las cuotas y por supuesto, se aplaza la ejecución de los programas industriales en lo que estuvieras involucrado.

Si tenías contratado un plan de pensiones (sabes que solo pueden recuperarse cuando te jubilas o si te quedas en paro) pues ahora también podrás recuperarlo en parte si has sido afectado por la DANA.

Respecto al empleo afectado por la DANA

La situación excepcional provocada por la DANA se considera “riesgo grave e inminente” por lo que los trabajadores tienen derecho a interrumpir su actividad y abandonar el puesto de trabajo o no acudir al mismo.

Los trabajadores pueden ausentarse del trabajo o no acudir a trabajar, con derecho a salario, por estas causas:

  • Porque no puedan llegar al trabajo por culpa del estado de las carreteras o el transporte público.
  • Por temas de limpieza, traslado o acondicionamiento de su domicilio habitual o de un familiar directo.
  • Por desaparición de familiares (pareja o parientes hasta segundo grado).
  • Por fallecimiento de familiar tienen permiso desde que ocurre hasta 5 días después del entierro.
  • Por deberes de cuidado de la pareja o familiares hasta segundo grado o con cualquier otra persona con la que conviva, por razón de edad, enfermedad o discapacidad por causa de la DANA.

Estos permisos se aplican cuando el trabajador vive en la zona afectada o cuando lo hacen sus familiares. Serán días retribuidos y no recuperables.

  • También tienen derecho al teletrabajo (siempre que su trabajo lo permita).
  • Derecho a adaptar su jornada laboral, o a reducirla. Lo tienen que comunicar a la empresa al menos con 24 horas de antelación.

Conclusión

Como conclusión podemos terminar asegurando que somos muchos los afectados y cada uno tenemos nuestra situación particular. Se han publicado muchas ayudas para cubrir daños en viviendas, enseres, vehículos y negocios. Pero, por supuesto, son insuficientes. Ninguna ayuda puede compensar el trabajo de una vida. Aunque como siempre digo, intentemos mirar hacia delante y trabajar con lo que tenemos.

Tenemos un gran vecindario, muchísimo compañerismo y buena voluntad, y tenemos que apoyarnos entre nosotros. Y mientras tanto, pidamos las ayudas oficiales que vayan saliendo.

Las que aquí he comentado son las que hay hasta el momento, me he limitado a resumir las que afectan a empresas y profesionales que es mi ámbito de actuación. Pero hay más ayudas para cubrir daños en vivienda y daños personales y en todas las poblaciones afectadas hay puntos de información donde incluso te tramitan las ayudas. Confía en ellos, lo hacen muy bien y con mucho cariño. Si tienes negocio, tu asesoría es quién mejor conoce tu situación y quien puede ayudarte a pedir todas las que te puedan ser útiles. 

Por mi parte, si salieran nuevas ayudas, seguiré informándoos. Para estar seguro de que no te lo pierdes, te sugiero suscribirte a la newsletter, encontrarás el formulario en la web y puedo asegurarte que solo mando información de utilidad.